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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 5617-1029 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Retención en la Fuente - Impuesto sobre la Renta - Dividendos - Sociedades pertenecientes a la Zona Económica Especial ZESE - Distribución de Dividendos a Socios Suizos - Convenio de Doble Imposición Suiza-Colombia - Interpretación y Aplicación del Artículo 242-1 del Estatuto Tributario y del Artículo 10o del CDI Suiza-Colombia. En el caso de una sociedad perteneciente al régimen especial en materia tributaria ZESE, en los términos de las Leyes 1955 de 2019 y 2238 de 2022, ésta debe practicar retención en la fuente sobre los dividendos que distribuya a sus accionistas en los términos de los artículos 242 y siguientes del Estatuto Tributario. // Si sus accionistas son una sociedad colombiana y otra domiciliada en Suiza, habrá de tenerse en cuenta lo señalado en el artículo 242-1 ibidem en el caso de la primera y lo previsto en el artículo 10 del “Convenio entre la República de Colombia y la Confederación Suiza para Evitar la Doble Imposición en Materia de Impuestos sobre la Renta y Sobre el Patrimonio” en el caso de la segunda.
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 16511-1497 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre la Renta - Ganancias Ocasionales - Utilidad en la Enajenación de Predios para Proyectos de Vivienda de Interés Social VIS o de Vivienda de Interés Prioritario VIP - Interpretación y Aplicación del Numeral 4o del Artículo 235-2 E.T. - Antecedentes Legislativos del Artículo 235-2 E.T. - Cambio de Doctrina - Se Reconsideran los Conceptos 904129 de 2022 (668 de 2022) y 907496 de 2022 (1286 de 2022). El numeral 4º del artículo 235-2 del Estatuto Tributario debe considerarse una norma de carácter especial que regula lo atinente al tratamiento tributario aplicable a “La utilidad en la enajenación de predios destinados al desarrollo de proyectos de vivienda de interés social y/o de vivienda de interés prioritario” y que prevalece sobre otras disposiciones, como lo es el artículo 300 ibidem. // Así las cosas, resulta razonable aseverar que, tratándose de la utilidad obtenida en la enajenación de predios destinados al desarrollo de proyectos VIS o VIP, ésta debe calificarse -para efectos tributarios- como una renta y no como una ganancia ocasional, independientemente del término de posesión del respectivo predio. Esto, con miras a la materialización del beneficio tributario aquí analizado.
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 5603-1028 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Impuesto sobre la Renta - Deducciones - Deducción en Contratos de Importación de Tecnología - Requisitos de Procedencia - Registro del Contrato - Prórroga del Contrato - Efectos de la Cláusula de Prórroga Automática - Interpretación y Aplicación del Artículo 123 del Estatuto Tributario y del Artículo 8o de la Resolución 62 de 2014. Para efectos del artículo 123 del Estatuto Tributario, la prórroga automática de un contrato de importación de tecnología no equivale a su modificación, asumiendo que: (i) dicho contrato fue oportunamente registrado ante la DIAN cuando fue suscrito por el contribuyente, y (ii) se mantienen los términos y condiciones inicialmente pactados. En este sentido, no será necesario llevar a cabo un nuevo registro de este.
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Conceptos DIAN - Aduaneros >
Concepto 5602-1026 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Aduanas - Documentos Faltantes y Consolidadores - Faltantes o Sobrantes de Mercancías - Informe de Descargue e Inconsistencias - Manifiesto de Carga - Inspección de Calado - Draft Survey - Determinación de la Carga Marítima Transportada - Aplicación del Artículo 151 del Decreto 1165 de 2019. No se puede utilizar el draft survey (inspección de calado) para presentar y justificar en el informe de descargue e inconsistencias (de que trata el artículo 151 del Decreto 1165 de 2019) el peso de la carga transportada en medio marítimo. Para el efecto, se deberá tener en cuenta el peso informado en el manifiesto de carga y en los documentos de transporte y consolidadores.
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Conceptos DIAN - Tributarios >
Concepto 5492-1023 de 2023. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN. Retención en la Fuente - Retención sobre Otros Ingresos e Indemnizaciones - Tarifas - Ejecución de Cláusulas Penales - Interpretación y Aplicación del Artículo 401 del Estatuto Tributario y de los Artículos 1.2.4.9.1. y 1.2.4.9.2. Decreto 1625 de 2016 - Naturaleza Jurídica de la Cláusula Penal - Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. La tarifa de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta aplicable sobre los pagos realizados como consecuencia de la ejecución de una cláusula penal cuando ésta tiene una función compensatoria, sancionatoria o de simple apremio será: (i) la establecida en los artículos 401 del Estatuto Tributario y 1.2.4.9.1. y 1.2.4.9.2. del Decreto 1625 de 2016 si el pago tiene una naturaleza diferente a la indemnizatoria, o (ii) la establecida en el artículo 401-2 del Estatuto Tributario si el pago tiene una naturaleza indemnizatoria.
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